22 de Febrero de 2012 | 134° PERIODO LEGISLATIVO
Actividad legislativa para el miércoles 22 de febrero de 2012

Resumen de la 1° sesión extraordinaria del 10 de enero de 2012

Publicado: 10/01/2012 | Resumen de los principales asuntos aprobados durante la sesión extraordinaria del martes 10 de enero de 2012:

- Lucha contra el fuego. El pleno legislativo sancionó modificaciones a la Ley Nº 8751 referida al Fondo para la Prevención y Lucha contra el Fuego. La iniciativa, entre otros puntos, prorroga la aplicación de las disposiciones de esta normativa hasta el 31  de diciembre de 2015.

 

- Poder Judicial. La Cámara parlamentaria aprobó la modificación de los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 9725 respecto a las compensaciones remuneratorias de los jueces y miembros del Poder Judicial Provincial.  

 

La medida dispone que la equiparación de las remuneraciones de los magistrados y funcionarios judiciales de la Provincia con el 90 por ciento de lo que cobran los cargos equivalentes de la Justicia Federal será fijada a partir del 1 de noviembre de 2012, de manera automática.

 

De esta manera, la ley establece que durante la etapa de transición, hasta el 1 de noviembre de 2012, los reajustes que se otorguen no podrán superar en ningún caso a los porcentajes de incremento salarial que conceda el Poder Ejecutivo a los agentes de la Administración Pública Provincial. 

 

- Convenio de desendeudamiento. La Unicameral aprobó el Convenio subscripto entre la Provincia de Córdoba y el Gobierno Nacional, en el marco del "Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias".

 

En tanto, la normativa sancionada autoriza al Poder Ejecutivo a afectar la participación provincial en el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y a efectuar todas las acciones pertinentes para el cumplimiento del mencionado convenio.

 

Cabe destacar que el "Programa de Desendeudamiento" fue establecido con el objetivo de reducir y reprogramar la deuda de las provincias con el Gobierno Nacional a fin de mejorar la situación financiera a corto y largo plazo. En el marco del este Convenio se establecen nuevos plazos de pago de intereses y amortización de capital, cantidad de cuotas, tasas de interés, entre otras condiciones.

 

- Actividades artísticas. Por último, los legisladores aprobaron eximir del pago del Impuesto de Sellos a los contratos, actividades y eventos de producción cultural, espectáculos musicales, artísticos y circenses que se lleven a cabo en la provincia de Córdoba.

 

Del mismo modo, quedó establecida también la eximición del pago del Impuesto Inmobiliario Urbano a los inmuebles destinados a la producción de espectáculos teatrales.

 

Durante el tratamiento de la ley asistió al recinto de sesiones el Presidente de la Agencia Córdoba Cultura, Pablo Canedo.

 

Cabe recordar que durante la 47ª sesión ordinaria, última del 2011, la Legislatura ratificó lo dispuesto por el Gobernador de Córdoba en el Decreto Nº 2598/11 sobre la eximición del pago del impuesto de Ingresos Brutos a las actividades artísticas y culturales.

 

La sesión extraordinaria fue presidida por la Vicegobernadora de Córdoba, Alicia Pregno.

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